jueves, mayo 7, 2026
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Código Penal aumenta las sanciones por difamación

El nuevo Código Penal promulgado por el presidente Luis Abinader introduce cambios en las sanciones por difamación, endureciendo las penas de prisión y estableciendo como una nueva figura penal la difamación extorsiva. Estas modificaciones representan un cambio respecto a las normativas vigentes, que hasta ahora limitaban las penas a un máximo de un año de prisión.Bajo las leyes actuales, tanto la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, el Código Penal vigente y la Ley de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, sancionan la difamación con penas que oscilan hasta un año de prisión, sin importar el medio en que se cometa la infracción.Sin embargo, el nuevo Código Penal, que entrará en vigor en un año, contempla una redacción más amplia del delito de difamación, extendiéndolo a entornos como plataformas digitales, redes sociales, servicios de streaming, radio, televisión y medios electrónicos en general y la pena llegará a cinco años.La difamaciónEl artículo 219 del nuevo Código Penal define la difamación como la imputación pública de un hecho concreto a una persona, física o jurídica, que afecte su honor, imagen, dignidad o integridad familiar. La pena establecida será de uno a cinco años de prisión menor, acompañada de una multa de tres a seis salarios mínimos del sector público y posibles penas complementarias y medidas socio judiciales.La prisión ya no será únicamente de hasta un año, sino que puede extenderse hasta cinco años, además de sumarse una carga económica. RELACIONADAS Nacional El nuevo Código Penal entrará en vigencia en el 2026 RELACIONADAS Gobierno Abinader reconoce que el Código Penal no es perfecto “pero sí el posible” La difamación extorsivaUna de las novedades en la tipificación es la inclusión del delito de difamación extorsiva, contenido en el artículo 220. Esta figura se aplicará cuando la imputación pública se realice “con el propósito de obtener un beneficio de cualquier naturaleza o forzar a la víctima a realizar, omitir o tolerar un acto que le cause perjuicio”.En estos casos, la sanción será considerablemente más severa y se establecerán penas de cuatro a diez años de prisión y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público. Esta figura, según la ley, busca castigar conductas en las que se utiliza la difamación como mecanismo de presión, chantaje o coacción, especialmente relevantes en contextos donde se puede utilizar información falsa como medio de intimidación pública a través de redes sociales, medios digitales u otros canales de comunicación. 

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